Las sociedades por acciones o SpA son
sociedades de capital y fueron creadas mediante una reforma introducida a
la ley del Mercado de Capitales , Ley 20.190, la cual modificó el
Código de Comercio. Esta ley se publicó en el Diario Oficial de fecha
5/06/2007.
Esta clase de sociedades se pueden
formar por escritura pública o por instrumento privado reducido a
escritura pública. Un extracto de ella debe inscribirse en el Registro
de Comercio y publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30
días desde la escritura de constitución o de su modificación.
Estas sociedades a diferencia de las
demás pueden ser unipersonales, su nombre debe concluir con la expresión
SpA. y su objeto es siempre mercantil. Su capital se divide en acciones
y los accionistas responden hasta el monto de sus respectivos aportes.
Su administración se puede establecer
libremente en los estatutos, es decir, puede administrarla una persona
natural, una sociedad, un directorio, la Junta de accionistas, etc.
Estas sociedades se rigen supletoriamente por las normas de las sociedades anónimas cerradas.
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